El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación falla a favor de Héctor Melesio Cuén Oj
Ahora la Cámara de Diputados deberá pasar la iniciativa de manera directa al Pleno para considerar la eliminación del IEPS Cuén Ojeda.
A manera de antecedente, se recuerda que Héctor Melesio Cuén Ojeda y VÃctor Antonio Corrales Burgueño, en representación de 221 mil 016 sinaloenses, presentaron ante la Cámara de Diputados la iniciativa ciudadana; Eliminación del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en gasolina y diésel, entrega realizada el 10 de octubre del año 2018, propuesta que ha sido desdeñada por los diputados federales.
La negligencia de los diputados, obligó a Cuén Ojeda y Corrales Burgueño, a judicializar el caso ante la Sala Superior del Supremo Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y el 16 de enero del 2020 interpusieron un reclamo ante esta instancia en relación al Juicio para la Protección de los Derechos PolÃticos Electorales del ciudadano, con expediente: SUP-JDC-8/2020, señalando a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de diputados del Congreso de la Unión, como la responsable de no llamar a comparecer a los actores para exponer y aclarar dudas sobre la iniciativa presentada.
Este 6 de febrero el Tribunal resuelve dictar la siguiente sentencia: El Tribunal declara que “Es fundada pero inoperante la pretensión de los promoventes.â€
La sentencia implica que, a los promoventes del juicio interpuesto, les dan la razón en el reclamo de que la Comisión de Hacienda debió citar a comparecer a Cuén Ojeda y Corrales Burgueño para explicar los motivos de la iniciativa, pero lamentablemente ya no se puede operar esta actividad debido a que los tiempos para ello ya concluyeron; y de acuerdo al reglamento particular de la Camará de Diputados la iniciativa pasa ahora directo al Pleno para ser puesta a su consideración.
El dictamen se basa en la omisión por parte de la Presidenta de la ComisioÌn de Hacienda y CreÌdito PuÌblico de la CaÌmara de Diputados del Congreso de la UnioÌn de convocar a los promoventes a una reunioÌn para exponer el contenido de la iniciativa ciudadana presentada.
Esta comisión debió dictaminar a más tardar el 30 de septiembre del 2019, fecha en que se vencÃa la prórroga solicitada por esta misma comisión.
Cuén Ojeda considero que la Sala Superior debiÃ³Ì considerar fundada la omisión reclamada por la parte actora y, en consecuencia, reponer el procedimiento para efecto de que la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados llamara a las y los ciudadanos representantes de la iniciativa ciudadana a efecto de exponer el contenido su iniciativa ante dicho órgano, en los términos previstos en el artÃculo 133 de la Ley Orgánica.