“El Congreso de Sinaloa debe de lanzar la convocatoria en septiembre, la Ley asà lo mandata la LG
“De modificar la LGIPE del Estado de Sinaloa caerÃa en la ilegalidad Cuén Ojeda
Ante la pretensión de la presidenta de la Junta de Coordinación PolÃtica del Congreso del Estado, de presentar una iniciativa de recorrer la expedición de la convocatoria de las elecciones 2021 hasta el 15 de diciembre y no en septiembre, serÃa violatoria de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y el Partido Sinaloense presentarÃa un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación de presentarse esta violación, manifestó Héctor Melesio Cuén Ojeda.
El artÃculo 67 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, señala que: “Los Consejos Locales iniciarán sus sesiones a más tardar el dÃa 30 de septiembre del año anterior al de la elección ordinariaâ€, por lo que el Congreso del Estado deberá de lanzar su convocatoria a más tardar el 15 de septiembre.
“Recordemos que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales está por encima de la LGIPE del Estado de Sinaloa y ahà se señalan claramente los tiempos que deben cumplirse; de querer hacer una modificación tendrÃan que mandar una iniciativa al Congreso de la Unión y esperar que sea dictaminada, pero como no dan los tiempos, la convocatoria tendrá que emitirse a más tardar el 15 de septiembreâ€, informó Cuén Ojeda.
Pero además la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado de Sinaloa, en su artÃculo 18 señala que: “El Congreso del Estado convocará a elecciones dentro de la primera quincena del mes de septiembre del año previo al año de la elecciónâ€, y el párrafo cuarto del artÃculo 16 de nuestra Constitución del Estado de Sinaloa, señala que: “La ley en materia electoral deberá modificarse, promulgarse y publicarse por lo menos noventa dÃas antes de que inicie el proceso electoral en que vaya a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentalesâ€; por lo que, de hacerse modificaciones a estos artÃculos, deberán de hacerse a más tardar el 15 de junio, del año inmediato a la elección.
En la 61 Legislatura se modificó la fracción A de artÃculo 65 de la LGIPEES para que los partidos polÃticos recibieran más financiamiento, pero el Partido Sinaloense presentó una inconstitucionalidad a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y esta mandató al Congreso del Estado para que se regresara a la fórmula original.
“Este ejemplo debe tenerlo en cuenta la presidenta de la Junta de Coordinación PolÃtica del Congreso del Estado porque el Partido Sinaloense no está de acuerdo que modifiquen la ley al antojo del partido dominante en esta 63 Legislatura, como lo hicieron la mayorÃa de los diputados dominantes en el 2015, deben de aprender a respetar la Ley; el ser mayorÃa no le da derecho a pisotear la Leyâ€, expresó Héctor Melesio Cuén Ojeda, presidente del Partido Sinaloense.
AUDIO:
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